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Contratos en el Estado: no le renovarán a quienes reprueben la evaluación obligatoria

A partir del 1° de julio de 2025, quienes trabajen en el Estado bajo contratos laborales regidos por el artículo 93 de la Ley de Contrato de Trabajo deberán haber aprobado una evaluación oficial para poder continuar o acceder a nuevas contrataciones. Así lo establece la Resolución 48/2025, publicada este 15 de mayo en el Boletín Oficial.



La medida alcanza a la Administración Pública Nacional, tanto central como descentralizada, y a los organismos de la seguridad social, tal como lo indica la Ley N° 24.156. Se trata de una iniciativa impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, en el marco del plan de reorganización del sector público.

La evaluación, que es obligatoria según la Ley Marco de Empleo Público Nacional N° 25.164 y fue reglamentada por la Resolución 26/2024, tiene como objetivo certificar que los trabajadores poseen los conocimientos y habilidades requeridos para desempeñar sus funciones en el Estado. Su implementación está a cargo de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública.

De acuerdo con la normativa vigente, quienes no superen esta instancia de evaluación no podrán continuar vinculados laboralmente más allá del 30 de junio de 2025. Esto se enmarca en lo dispuesto por el Decreto 1149/2024, que fijó ese tope para los contratos bajo el artículo 93, salvo que el trabajador haya aprobado la prueba correspondiente.

Pero la medida no se limita solo a la administración pública. También alcanza a empresas estatales y fondos fiduciarios con mayoría de participación nacional, donde el Estado tiene representantes en los directorios. En estos casos, también deberá aplicarse el criterio de evaluación como condición para la continuidad de los vínculos laborales.

Este nuevo esquema responde al rediseño del aparato estatal iniciado con el Decreto 585/2024, que asignó al Ministerio de Desregulación nuevas funciones en materia de empleo público, ingreso de personal y gestión de recursos humanos. La Resolución 48/2025 se suma así a una serie de disposiciones orientadas a aplicar mayor rigurosidad en la incorporación y permanencia del personal.

Además, se busca aplicar los mismos requisitos en otros formatos de contratación, como los regidos por el régimen de locación de servicios establecido en el Decreto 1109/2017, en línea con lo previsto en la Resolución 30/2024.

En resumen, sin evaluación aprobada, no habrá renovación ni nuevas incorporaciones en el Estado. El Gobierno avanza así con un filtro más estricto en el ingreso y permanencia de los contratados.

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