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El Gobierno busca apartar al juez que declaró inválido el veto de Milei a la ley de emergencia en discapacidad

El gobierno nacional, a través de la Procuración del Tesoro, recusó al juez federal de Campana, Adrián González Charvay, quien había admitido un amparo colectivo contra un artículo del decreto que suspendía la aplicación de la ley de emergencia en discapacidad.



Según fuentes judiciales, la presentación de la Procuración del Tesoro sostiene que “la sentencia dictada el 5 de este mes ha incurrido en prejuzgamiento, al pronunciarse sobre aspectos que constituyen el fondo de la cuestión litigiosa”. Esto se refiere a la decisión del juez de declarar que el Decreto N° 681/25 suspendió la Ley N° 27.793, postura que el Estado considera incorrecta.

En agosto, González Charvay ya había declarado inválido el veto del presidente Javier Milei a la ley de emergencia en discapacidad. Posteriormente, a comienzos de septiembre, el Senado insistió con la ley, con apoyo de casi todo el arco opositor.

La norma, sancionada en julio, busca actualizar los aranceles de prestadores de salud y crear una pensión no contributiva por discapacidad equivalente al 70% del haber mínimo jubilatorio, con acceso garantizado a un programa de atención médica. Además, ordena regularizar deudas del sistema de salud con los prestadores.


El juez federal de Campana, Adrián González Charvay

Tras la votación del Senado, el 22 de septiembre el Poder Ejecutivo promulgó la ley, aunque indicó que su aplicación dependerá de la aprobación de partidas presupuestarias. El decreto advirtió que el impacto fiscal estimado asciende a $3,02 billones para el período 2025-2026, equivalente al 0,35% del Producto Bruto Interno.

Según el Decreto 681/2025, la creación de la Pensión no Contributiva por Discapacidad demandaría $2,16 billones en 2025 y $4,7 billones en 2026, mientras que el Programa Incluir Salud implicaría $574.200 millones este año y $1,23 billones el próximo. La compensación a prestadores sumaría otros $278.323 millones.

En el expediente judicial, tras la publicación del decreto, “O.G.J y D.R.N en representación de sus hijos menores de edad” iniciaron una acción de amparo colectivo contra el Estado, solicitando declarar inconstitucional el artículo 2° del Decreto N° 681/2025. El 5 de noviembre, el juez González Charvay rechazó los planteos del Ministerio de Salud sobre falta de legitimación activa y representación colectiva, decisión que motivó la recusación del gobierno.

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