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Otro cachetazo judicial para Milei: la Justicia tumbó el DNU que recortaba el derecho a huelga

La Cámara del Trabajo confirmó que el DNU 340/2025 es inconstitucional. La CGT festeja y el Gobierno suma otro revés en tribunales.



La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó este lunes el fallo que declaró inválidos los artículos 2 y 3 del polémico DNU 340, con el que el Gobierno de Javier Milei buscaba limitar el derecho de huelga en sectores clave como salud, educación y transporte.

La CGT, que impulsó la acción judicial, celebró el fallo como una victoria en defensa de los derechos laborales. Los jueces Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado coincidieron con la jueza de primera instancia, Moira Fullana, quien ya había advertido que el decreto no cumplía con los requisitos de necesidad y urgencia que exige la Constitución.

La Justicia fue clara: no había emergencia

Según la Cámara, no existía ninguna situación excepcional que justificara evitar el debate legislativo. El Congreso estaba en funciones y no había urgencia que ameritara un DNU. Además, los jueces criticaron que el Ejecutivo intentara modificar una ley del Congreso —la 25.877— por decreto, algo que excede sus facultades.

En particular, cuestionaron que el Gobierno ampliara por decreto el concepto de “servicios esenciales”, obligando a los gremios a garantizar entre el 50% y el 75% de los servicios durante una huelga, algo que fue considerado una intromisión directa en el poder legislativo.

DNU 340: camuflado como régimen para la Marina Mercante

El decreto, firmado por Milei el 21 de mayo, se presentaba formalmente como una normativa sobre la Marina Mercante Nacional, pero en los hechos introducía restricciones al derecho de huelga en múltiples sectores. Para la Justicia, esa maniobra fue un exceso evidente del Ejecutivo.

Un déjà vu jurídico

La Cámara también recordó que ya había fallado contra una medida similar incluida en el DNU 70/2023, hoy bajo análisis de la Corte Suprema. Y reiteró que el silencio de la Comisión Bicameral del Congreso no valida normas que violan la Constitución.

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